lunes, 7 de mayo de 2012
Los pasajeros con discapacidad denuncian discriminación en aerolíneas «low cost» y cruceros
Cermi insta a la UE a investigar a las compañías aéreas de bajo coste para comprobar si cumplen con el reglamento
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha denunciado discriminación por parte de las aerolíneas de bajo coste y de los cruceros. En el primero de los casos esa organización instó a la Comisión Europea investigar si las aerolíneas cumplen con el reglamento europeo de derechos de los pasajeros con discapacidad.
Las quejas son, en concreto, por el trato recibido por personas con movilidad reducida. «Si se comprueba que se infringen los derechos de estos pasajeros la Unión Europea, debería abrir expedientes y dictar sanciones», dijo el Cermi.
Para el Comité, estas son prácticas que suceden en toda Europa y ante «hechos comprobados de trato discriminatorio», ya se ha sancionado recientemente a una compañía de bajo coste. En marzo pasado la compañía Easy Jet compareció ante los juzgados franceses por haber impedido volar a una mujer discapacitada que no iba acompañada. Dicha empresa ya ha sido sancionada con una multa de 70.000 euros y otros 6.000 más por daños y prejuicios por impedir el embargue de tres personas con discapacidad.
Deniegan la compra de billetes
En el caso de los cruceros, Cermi trasladó una queja a la Oficina Especializada del Consejo Nacional de la Discapacidad con motivo de indefensión y discriminación hacia personas con discapacidad. El reclamo es debido a que las empresas han denegado la venta de billetes de cruceros y porque dentro de estos no hay medios adecuados para el tratamiento de personas con alguna discapacidad.
Según Cermi, muchos cruceros no son accesibles en cabinas, zonas comunes o excursiones. También aseguran que muchas zonas solo lo son para un tipo determinado de discapacidad (o solamente, para usuarios de sillas plegables).
Indican que algunas compañías requieren la cumplimentación de formularios (incluidos informes médicos) y, en todo caso, se indica que el pasajero debe velarse por sí mismo y, en general, debe viajar acompañado. También denuncian que algunas compañías no permiten sillas motorizadas y se expone que, dadas las características de algunos puertos de escala, los pasajeros en silla de ruedas no podrán descender a tierra.
El Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de noviembre de 2010, sobre los derechos de los pasajeros que viajan por mar y por vías navegable, establece que los transportistas, agencias de viaje y operadores turísticos no podrán negarse a aceptar una reserva, a expedir o facilitar de otro modo un billete, ni a embarcar a personas alegando como motivo la discapacidad o movilidad reducida del pasajero.
EFE / http://www.abc.es
0 comentarios:
Publicar un comentario