martes, 10 de enero de 2012

SUIZA PROHÍBE A EASYJET QUE OBLIGUE A LOS DISCAPACITADOS A VIAJAR ACOMPAÑADOS


En 2004 en el aeropuerto de Melilla, la compañía aérea Air Nostrum no permitió que tres jóvenes sordos cogieran un vuelo que les tenía que trasladar a Madrid para la celebración de las jornadas El futuro en nuestras manos. Según la denuncia presentada por Francisco Pérez Guzmán, de 31 años; Samir Mohamed Fad-Dal, de 18, y Manuel Mateo en representación de su hijo de 16, los jóvenes habían facturado para volar a las 12.35. Ya en la sala de espera, la azafata les vio comunicarse en lengua de signos, les ordenó ponerse aparte y, tras hablar por un radiotransmisor, les dijo que sólo uno podía viajar, pues dos personas con sordera necesitan acompañante.
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) acudió a los tribunales para que la Justicia instara a Iberia a que dejara de impedir volar en sus aviones a dos o más personas sordas sin la tutela de un acompañante no discapacitado. El día 1 de junio de 2009, la Audiencia de Madrid condenó a Iberia y su franquicia Air Nostrum por vulnerar los derechos de las personas sordas. El tribunal obligó a ambas compañías a no volver a "discriminar" al colectivo sordo.
En España se dio un primer paso, y ayer en Suiza se logró otro paso más al conseguir que la compañía EasyJet cambie su normativa respecto a pasajeros discapacitados gracias a la denuncia el año 2009 de André Pérez, un deportista de elite que se desplaza en silla de ruedas. Éste pretendía viajar a Berlín desde Ginebra en un vuelo de EasyJet, pero la compañía le prohibió la entrada argumentando que necesitaba viajar con otra persona que lo ayudara a salir del avión en caso de evacuación. Pérez argumentó que él podía salir por sus propios medios, pero al ser rechazado de nuevo, tuvo que pedir ayuda a otro de los pasajeros, que se comprometió a ayudarlo a evacuar el avión en caso de emergencia. El deportista pudo volar, pero denunció los hechos, ocurridos en 2009, a la Oficina Federal de la Aviación Civil.
Finalmente, este órgano ha sentenciado que esa práctica es discriminatoria y que no puede aplicarse en Suiza. El inconveniente es que la decisión sólo concierne a los vuelos que parten de Suiza y no a la totalidad de la compañía británica.

Fuentes: 20Minutos, El País, El Periódico de Catalunya, ADN.

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