lunes, 1 de diciembre de 2014

PIONERA SENTENCIA CONDENATORIA POR INCUMPLIMIENTO DE LOS PROTOCOLOS DE DETECCIÓN PRECOZ DE LA SORDER

Según la sentencia que publica en su página web la Asociación Defensor del Paciente en el País Vasco, el juzgado de lo contencioso administrativo nº 2 de Vitoria ha estimado, parcialmente, la demanda de una familia contra el Servicio Vasco de Salud, Osakidetza, por la pérdida de oportunidad que ha supuesto para su hijo sordo el incumplimiento de los programas de detección precoz de la sordera. La sentencia ve acreditada una asistencia defectuosa al menor, ya que tras un nacimiento prematuro, en un parto gemelar, se le suministraron dos antibióticos ototóxicos, Vancomicina y Tobramicina. Sin embargo, no se le realizó la prueba de otoemisiones acústicas, ni se efectuó en el momento del alta una exploración con Potenciales Evocados Auditivos del Tronco Cerebral (PEATC). El propio informe de Inspección reconoce que el cribado de hipoacusia infantil realizado al paciente no fue adecuado al protocolo vigente en aquel momento. A pesar de que Osakidetza alegó que no se puede saber con exactitud qué causó la sordera del bebe, la sentencia subraya que es precisamente la falta de controles auditivos la que no permite fijar con exactitud el momento de aparición de la hipoacusia, por lo que el diagnóstico no fue precoz y no se pudo llevar a cabo un tratamiento protésico y rehabilitador temprano. Para resarcir la pérdida de oportunidad, según la cual es posible afirmar que la actuación médica privó de oportunidades de tratamiento al menor, la sentencia estima parcialmente la demanda de la madre del pequeño y establece el pago de una indemnización de 30.000 euros, frente a los 58.000 euros que reclamaba la familia. Hay que recordar que el Programa de Detección Precoz de la Sordera fue aprobado por consenso entre el Ministerio de Sanidad y las Comunidades Autónomas, en el año 2003. Desde el año 2006, el Real Decreto 1030/2006, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, incluye la detección de hipoacusia entre los servicios de atención a la infancia. Fuente: fiapas.es

0 comentarios:

Publicar un comentario

cntador de vistas